La tranquilidad en el mercado no llegĂł despuĂ©s del anuncio del pago al FMI. El gobierno esperaba que en esta etapa previa a las P.A.S.O, se lograra âapaciguar las aguasâ y que la moneda estadounidense se mantuviera â al menos â estable hasta que llegaran las PASO.
Pero todo esto no sucediĂł, la volatilidad en el mercado continuĂł, y el dĂłlar MEP y el dĂłlar CCL llegaron a valores record en el mercado de capitales, a la par de la escalada en el dĂłlar blue. La brecha entre el USD CCL y el USD mayorista BCRA trepĂł hasta el 107% durante esta semana, mientras que las reservas brutas del BCRA orillan los 24.000 millones de USD.

El dĂa miĂ©rcoles por la tarde, se conociĂł la ResoluciĂłn General NÂș969 de la ComisiĂłn Nacional de Valores, en la cual se estableciĂł una serie de restricciones adicionales a la operaciĂłn con bonos soberanos. Ello tambien para tratar de evitar operaciones de arbitraje que le permitĂa a los inversores hacerse una ganancia en dĂłlares.
ÂżY cuĂĄl es la nueva restricciĂłn?
La misma llega a través del establecimiento de un requisito especial para el punto d), que establece que :
- En los QUINCE (15) dĂas corridos anteriores, no se han concertado operaciones de venta de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dĂłlares estadounidenses emitidos por la RepĂșblica Argentina bajo ley local y/o extranjera, con liquidaciĂłn en moneda extranjera en jurisdicciĂłn local o extranjera, en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo; y
- Existe manifestaciĂłn fehaciente de no concertar operaciones de venta de valores negociables nominados y pagaderos en dĂłlares estadounidenses emitidos por la RepĂșblica Argentina, bajo ley local y/o extranjera, con liquidaciĂłn en moneda extranjera en jurisdicciĂłn local o extranjera, en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo, a partir del momento en que se liquidan las referidas operaciones y por los QUINCE (15) dĂas corridos subsiguientes.
ÂżEn cuĂĄnto nos afecta esta nueva restricciĂłn?
Una persona que haya comprado bonos soberanos (AL o GD) en el segmento contado inmediato o liquidaciĂłn en 24 horas, no podrĂĄn realizar ventas en el segmento 48 horas. O en sentido contrario, si alguien realizĂł una venta de bonos en el segmento de 48 horas, no podrĂĄ hacer compras en el segmento contado inmediato o con liquidaciĂłn en 24 horas, de los instrumentos antes mencionados.
De ahora en adelante se deberĂĄ esperar al menos 15 dĂas corridos de que se haya comprado en el contado inmediato para vender en el segmento T+2. El parking de 15 dĂas corre hacia atrĂĄs y hacia delante, por lo cual la ventana total pasa a ser de un mes.
Esta normativa se aplica para cada subcuenta comitente y para el conjunto de subcuentas comitentes de las que fuera titular o cotitular un mismo sujeto y comenzarån a regir a partir de la entrada en vigencia de la: (i) Resolución General N° 962, respecto de las operaciones previstas en los apartados a), b) y d) ; y (ii) Resolución General N° 969, para las operaciones previstas en el apartado c).
â Los Agentes, respecto de los restantes sujetos no alcanzados por lo dispuesto en el artĂculo 5° BIS del presente CapĂtulo, sĂłlo podrĂĄn:
a) dar curso a Ăłrdenes para concertar operaciones de compra venta con valores negociables con liquidaciĂłn en moneda extranjera, no alcanzados por lo dispuesto en el artĂculo 5° BIS; o
b) registrar operaciones de compra venta con valores negociables con liquidaciĂłn en moneda extranjera, alcanzados por lo dispuesto en el artĂculo 5° BIS, en el segmento de negociaciĂłn bilateral; o
c) dar curso a Ăłrdenes para concertar operaciones de compra de valores negociables con liquidaciĂłn en moneda extranjera, alcanzados por lo dispuesto en el artĂculo 5° BIS, en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo y en los plazos de liquidaciĂłn de contado inmediato o de contado veinticuatro (24) horas; o
d) realizar transferencias de valores negociables desde o hacia entidades depositarias del exterior.
Con el objeto de esquematizar las nuevas restricciones establecidas por el Organismo de Control presentamos el siguiente cuadro:
En este contexto consideramos que hay puntos importantes a considerar detrĂĄs de estas restricciones:
- Los quince dĂas de plazo estĂĄn estructurados para pasar la trinchera de las elecciones del 13 de agosto e implementar una nueva restricciĂłn en el mercado secundario de bonos;
- La imposibilidad de operar en este plazo de los usd contra otros activos, lo cual obligarĂa a tenerlos inactivos en la cuenta comitente o transferirlos a las cuentas bancarias para su extracciĂłn.
A poco de ser implementada esta nueva restricciĂłn se ha generado una nueva brecha en los precios de los USD MEP y CCL, pero esta vez estĂĄ dada por el desarbitraje de precios entre la liquidaciĂłn de la venta de los bonos en USD en CI (contado inmediato) y en 48 hs. Esta nueva brecha oscila entre el 5% y el 8% por operaciĂłn y muestra lo difĂcil que le estĂĄ resultando al gobierno administrar las reservas, el precio del usd oficial y de los dĂłlares financieros. Pensamos que toda esta intervenciĂłn va a reducirse en funciĂłn al resultado de las PASO y a la severa escasez de reservas en poder del BCRA. Mientras tanto la situaciĂłn macro se deteriora y confirma el viejo axioma de que siempre, siempre se puede estar peor.
Por Roberto Cucchetti, asesor financiero Portfolio SA.